04/01/2021

El Foro Social ve factible y razonable que la cuestión de las personas presas entre en la necesaria segunda fase de resolución durante 2021

El Foro Social Permanente ha ofrecido hoy una rueda de prensa en Bilbao en la que, por una parte, Teresa Toda y Nazario Oleaga, en euskera y castellano, han presentado el documento “Análisis sobre avances, bloqueos y retrocesos en la resolución de la cuestión de las personas presas” y, por otra parte, Agus Hernán y Nekane Altzelai han hecho un análisis de las perspectivas existentes en este tema .

Documento: Análisis sobre avances, bloqueos y retrocesos en la resolución de la cuestión de las personas presas

Intervención de Nazario Oleaga

Como viene haciendo el Foro Social Permanente desde su creación en junio de 2016, el objetivo es ofrecer un análisis sobre los avances, bloqueos y retrocesos en que se encuentra el proceso de normalización política y social con el fin de alcanzar un marco de convivencia y paz en nuestro país.

En este caso, nos centraremos en la evolución de la política penitenciaria que, como hemos repetido en numerosas ocasiones, es uno de los tres nudos, junto a los derechos de todas las víctimas y la memoria critica inclusiva, identificados por el Foro como necesarios de desatar en el momento actual para poder avanzar hacia una convivencia democrática con garantías de no repetición.

Este análisis se produce en el contexto de la Covid-19 que, también, está teniendo consecuencias en el propio proceso de resolución.

El debate realizado por EPPK en 2017, la disolución de ETA el 4 de mayo de 2018 y la moción de censura del 1 de junio de 2018 fueron los hechos relevantes que abrieron un escenario completamente nuevo para el desbloqueo y la posible resolución de esta cuestión. El propio presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, expresó su intención de marcar una “nueva orientación” en la política penitenciaria.

No es objetivo de este análisis ofrecer una radiografía de la evolución de los datos que otros actores vienen ofreciendo, pero sí situar la secuencia. Los primeros “acercamientos” del Gobierno de Sánchez se produjeron en setiembre de 2018. La propia inestabilidad del Gobierno y el posterior bucle electoral que se dio hasta enero de 2020 pueden explicar en parte el ritmo lento en que se fue produciendo la primera fase de acercamientos, con un ritmo medio de 2 por mes hasta enero de 2020.

Con posterioridad, una vez realizada la investidura de Pedro Sánchez por mayoría simple el pasado 7 de enero de 2020, y una vez terminado todo el proceso de constitución del gobierno, llegó la pandemia Covid-19 y el confinamiento.

Este ritmo lento y el posterior parón prolongado generaron una importante frustración entre las familias y allegados, que habían acogido con esperanza ese anuncio.

Esta secuencia nos sitúa en el 19 de junio de 2020, fecha en la que se materializa el primero de los “acercamientos” anunciados en abril, mayo y junio. Desde entonces se mantiene un ritmo constante que se ha visto acelerado durante el último trimestre de 2020 a una media de 5-6 por semana.

En consecuencia, a fecha de hoy, el dato más relevante es que podemos dar por superada la fase de inmovilismo que caracterizó al Gobierno de Mariano Rajoy.

El segundo dato relevante es que, a fecha de hoy, la mayoría del colectivo EPPK todavía se encuentra cumpliendo condena en cárceles alejadas entre 600 y 1100 km y continúa clasificada en primer grado penitenciario.

El tercer dato relevante es que, aunque se están dando pasos en la buena dirección, aún estamos lejos de un escenario de resolución integral para esta cuestión.

Ahora mismo, solo una minoría se encuentra en cárceles de Euskadi y Navarra. La mayoría de los traslados lo han sido a cárceles periféricas de las comunidades autónomas de La Rioja, Cantabria, Asturias, Aragón y Castilla-León.

En el documento utilizamos el término “acercamiento” entrecomillado precisamente por este debate. Desde el Foro Social Permanente no podemos dar por buenos esos acercamientos a medias, esos traslados limitados a reducir el kilometraje del alejamiento, difíciles de comprender en el escenario actual. Máxime cuando, como demuestran los datos, los cuatro centros penitenciarios de Euskadi y Navarra disponen de suficiente espacio para acoger a todas estas personas presas.

Los “acercamientos” han afectado mayoritariamente a personas ya clasificadas en segundo grado, o en primero con aplicación del artículo 100.2, que lo flexibiliza, y a personas a las que la propia Administración Penitenciaria ha progresado a algunas de estas dos clasificaciones. Los traslados de personas en primer grado son los menos. Se contabilizan asimismo una docena de personas trasladadas en tercer grado de clasificación penitenciaria.

El análisis hace referencia a otros aspectos relevantes que inciden en la resolución de esta cuestión: la agenda social, política y mediática, el nivel preciso de los consensos, el debate político en el Estado español y el papel del lobby sobre el que alertamos en septiembre pasado, los duros ataques a víctimas, los Ongi etorriak o la pandemia de la Covid-19. Aspectos sobre los que no nos vamos a extender en esta comparecencia.

Como conclusión a este primer apartado queremos constatar dos aspectos:

1.- Existen las mayorías y consensos transversales institucionales, políticos, sindicales y sociales suficientes para que estas cuestiones entren en una fase integral y definitiva de resolución.

Estos consensos deben ejercer una doble función:

De palanca hacia el Gobierno español

De apoyo al propio Gobierno español frente a los sectores contrarios a dar solución a esta problemática.

2.- Del análisis de las declaraciones y del conjunto de los movimientos realizados nos lleva a considerar que no existe un plan explicitado públicamente por parte del Gobierno, y que todavía no responde a las cuestiones planteadas en la “Agenda urgente de resolución” hecha pública por el Foro Social Permanente en otoño de 2018 y mayoritariamente consensuadas en las instituciones vascas. Así, sigue sin abordarse la cuestión de la excarcelación de las personas gravemente enfermas y mayores de 70 años; el acercamiento sigue sin tener a las cárceles vascas como únicos destinos y se sigue haciendo una lectura errónea de la clasificación penitenciaria, obviándose que el segundo grado es el régimen de vida que la ley establece como modelo ordinario y no excepcional.


Intervención de Agus Hernán

El Foro Social Permanente identifica dos fases en el proceso de resolución de la cuestión de las personas presas:

La primera, el fin de la excepcionalidad en las cinco cuestiones definidas en la “Agenda urgente de resolución”, a las que han hecho referencia Teresa y Nazario.

La segunda incluye dos derivadas:

La necesidad de definir un plan de reintegración que, pilotado desde las instituciones públicas y consensuado con los diferentes agentes, permita el acompañamiento a las personas presas en su itinerario individual de reintegración. Tanto en el camino de acceso a la libertad condicional como en la posterior reintegración social.

La necesidad de afrontar una solución adecuada y acorde con el nuevo tiempo político a la situación de las personas condenadas con aplicación de la ley 7/2003.

En esta primera fase existen dos debates importantes en este momento:

El primero sobre los “Acercamientos”

Aunque es evidente que para la familia es mejor que la persona presa cumpla condena en Villabona (a 385km) que en Algeciras (a 1100km), el debate actual se sitúa en la siguiente pregunta: ¿bajo qué criterios no se les puede acercar ya a las cárceles de la CAV y Navarra?.

Existe consenso político (92% del Parlamento Vasco y 60% del Parlamento de Navarra) institucional, sindical y social sobre la importancia que tiene el “arraigo familiar y social” para el itinerario de reintegración.

Existe un consenso amplio sobre que ese arraigo solo lo garantizan las cuatro cárceles de Navarra y Euskadi. La última declaración de partidos y sindicatos del 11 de diciembre en el Palacio Euskalduna evidencia este espacio de consenso.

Existe, además, un amplio consenso político en el Congreso Español (55%) sobre la necesidad de aplicar una política normalizada a las personas presas.

Sobre estas bases ya acordadas, entendemos necesario y urgente terminar con el alejamiento que, además, en este periodo de coronavirus, inflige un castigo añadido más a familiares y allegados, así como a las propias personas presas. Desde el punto de vista humanitario no es de recibo mantener a familiares y allegados en esta situación de incertidumbre.

El segundo sobre la evolución de grados

Actualmente, la mayoría de estas personas presas se encuentra todavía en primer grado, de ellas un cierto número con aplicación del artículo 100.2, que lo flexibiliza en cierta medida. Un número apreciable se encuentra en segundo grado y un número muy pequeño en tercero. Son precisamente las personas clasificadas en primer grado las que continúan estando más alejadas.

La evolución de un número significativo de presos y presas a segundo grado y su acercamiento son pasos positivos en la buena dirección, siempre que eso suponga un avance y no un nuevo atasco, una verdadera “vía muerta”, como ha puesto en evidencia el último informe de Behatokia -Observatorio de la política penitenciaria aplicada a presos y presas condenados por delitos de motivación política- sobre la cárcel de Zuera.

Pese a la voluntad mayoritariamente puesta ya en práctica del colectivo EPPK de realizar ese camino, existen numerosas cárceles en las que la evolución de grados se presenta como un camino imposible de transitar, una verdadera “vía muerta”. Los necesarios programas individualizados están condicionados por dos cuestiones:

La falta de un programa específico.

El sesgo ideológico de muchos de las y los funcionarios responsables del acompañamiento (psicólogos y educadores sociales…), de las Juntas de Tratamiento y de las direcciones de algunas de las prisiones.

Queremos recordar que, en esta cuestión, existen extensos consensos en dos aspectos:

Las cárceles de destino deben garantizar el arraigo familiar y social de las personas presas, únicamente garantizados en los Centros Penitenciarios de las Comunidades Autónoma de Euskadi y de Navarra.

Los itinerarios individuales deben garantizar la más pronta reintegración plena de las personas privadas de libertad.

Veamos ahora las condiciones necesarias para entrar en una nueva fase

Vaya por delante que entendemos que el cambio en política penitenciaria no va a ser lineal y, como está ya ocurriendo, tendrá avances y bloqueos.

Es fundamental que en un plazo razonable se den por cerradas las cinco cuestiones definidas en 2018 en la “Agenda urgente de resolución”.

Solamente el desbloqueo y la superación de la “agenda urgente” permitirá constatar una voluntad política plena que genere un clima de confianza suficiente para poder encarar una resolución definitiva a esta cuestión.

Como Foro Social Permanente nos marcamos como objetivo que, durante el próximo curso político 2021-2022, se puedan comenzar a afrontar los retos encaminados a situar la cuestión de las personas presas en una nueva fase de resolución. Lo consideramos no solo necesario sino factible y razonable.

En la nueva fase se deberán afrontar con garantías de resolución los dos aspectos ya citados:

a.- La necesidad de definir un plan de reintegración que, pilotado desde las instituciones públicas y consensuado con los diferentes agentes, permita el acompañamiento a las personas presas en su itinerario individual de reintegración. Tanto en el camino de acceso a libertad condicional como en la posterior reintegración social.

b.- La necesidad de afrontar una solución adecuada, y acorde con el nuevo tiempo político, a la cuestión de las personas condenadas con aplicación de la ley 7/2003. Una cuestión no exenta de complejidad donde se deberán seguir los estándares internacionales empleados en la resolución de conflictos, orientando todos los esfuerzos a dar una solución permanente al problema y a la consolidación de la paz y las garantías de no repetición. Tratando de ser innovadores y erradicar una legislación que nació como consecuencia de una estrategia antiterrorista ya innecesaria, bajo una lógica del endurecimiento de penas.

Todo ello con el objetivo de dar por superada definitivamente esta situación, aspecto necesario para sentar las bases necesarias de una convivencia democrática con garantías de no repetición.

Vaya por delante nuestro compromiso de seguir aportando diagnósticos, compartiendo experiencias, proponiendo recomendaciones y ejerciendo las necesarias tareas discretas de facilitación que, en un contexto difícil, nos permitan encontrar soluciones innovadoras también a esta cuestión.