Premisas para garantizar la convivencia intercultural en contextos de exclusión social

La convivencia ha de ser multicultural: reducción de la hegemonía de la cultura judeo-cristiana anglosajona y potenciar el resto de las culturas. La interculturalidad podemos entenderla como el garante de la convivencias, es decir en el ámbito de la aplicación de los derechos y garantías político-jurídicas que regulen formalmente y hagan posible en la realidad la convivencia multicultural en las sociedades pluriculturales (no solo formal o simbólica, sino dispositivos de ejecución en la práctica).

1. Que entendemos por exclusión social.

  • Lenguaje y estructura social, fundamentado en la matriz de la desigualdad y la opresión de las grandes mayorías sociales.
  • Acceso exclusivo y excluyente a bienes y servicios, toma de decisiones (ejercicio de derechos, el derecho como producción y reproducción de desigualdad), y a materializar las formas de vida correspondientes a la representación del mundo de la cultura a la que se pertenece.
  • La producción de la escasez y la sociedad del miedo.
  • Mecanismos de cierre social: discursivos y materiales. Identificación con las culturas dominantes y competencia entre dominados.

2. Que dinámica histórica, impide la convivencia intercultural.

  • Que es la cultura y el papel del lenguaje.
  • La relación histórica entre culturas (penetración e imposición).
  • Proceso de eliminación de la biodiversidad cultural: el etnocentrismo occidental de imposición y la disciplina social (desarrollar un forma de estructurar las relaciones sociales fundamentada en el principio de eliminación de las demás formas discursivas y de organización social).

3. Premisas para una convivencia intercultural.

  • Toda sociedad es pluricultural: relaciones emergentes, desiguales y conflictivas entre culturas.
  • La convivencia ha de ser multicultural: reducción de la hegemonía de la cultura judeo-cristiana anglosajona y potenciar el resto de las culturas. La interculturalidad podemos entenderla como el garante de la convivencias, es decir en el ámbito de la aplicación de los derechos y garantías político-jurídicas que regulen formalmente y hagan posible en la realidad la convivencia multicultural en las sociedades pluriculturales (no solo formal o simbólica, sino dispositivos de ejecución en la práctica).
  • Se concreta en multitud de políticas legislativas y económicas necesarias: reconocimiento de los derechos indígenas, oficilización de las lenguas que se hablan además del castellano, reconocimiento de las formas de justicia y de producción propias de cada cultura

Cesar Manzanos Bilbao es profesor de Sociología en EHU-UPV y miembro de Salhaketa.